La trabajadora embarazada tiene una protección especial frente al despido. Si su empleador puso o quiere poner término a su contrato, conviene actuar con rapidez.
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Resumen rápido
Protección: durante el embarazo y hasta un año después de terminado el descanso postnatal.
Despido: solo con autorización judicial previa (desafuero) y por causales legales.
Si la despidieron igual: puede demandar ante el Tribunal Laboral su reincorporación y las remuneraciones retroactivas.
Es la protección que impide despedir a la trabajadora durante el embarazo y hasta un año después de terminado el descanso postnatal, salvo autorización judicial previa.
El empleador sólo puede despedir con autorización de un Tribunal Laboral, lo que debe realizar a través de una demanda por desafuero y por determinadas causales legales. Se recomienda que, una vez enterada de su embarazo, la trabajadora de forma escrita (correo electrónico) informe a su empleador esta circunstancia, adjuntándose certificado de matrona.
Si se despide a una trabajadora con fuero maternal, ella puede demandar ante un Tribunal Laboral solicitando su reincorporación, junto con el pago de las remuneraciones retroactivas.
Si está embarazada y su empleador puso o quiere poner término a su contrato, escríbanos y le responderemos dentro de 24 horas hábiles.
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